Objeto
Es objeto de la presente convocatoria:
Impulsar estrategias que faciliten el avance social de las mujeres mediante su inserción en el mercado laboral por medio de la concesión de ayudas para trabajadoras que se vayan a constituir como empresarias autónomas en los municipios y entidades locales menores de la provincia de Zaragoza, excluida la capital.
Las finalidades a las que se dirige la convocatoria son las siguientes:
1. El apoyo al impulso de iniciativas de creación de empleo femenino en el mundo rural.
2. Apoyar económicamente en el inicio de la actividad a las trabajadoras que se constituyan como empresarias autónomas.
Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones de Diputación de Zaragoza (BOPZ Núm.99, de fecha 4 de mayo de 2016) con la modificación publicada en el BOPZ n.º 128 de 6 de junio de 2024. y bases reguladoras de la Convocatoria.
Bienestar Social y Desarrollo
1º.- Podrán acogerse a esta convocatoria, aquellas mujeres, que se hayan
establecido o se vayan a establecer y se den de alta como trabajadoras autónomas
desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, en los municipios de la
provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital. Los proyectos empresariales
deberán ser promovidos por mujeres favoreciendo la Igualdad de Oportunidades y la
Conciliación de la vida familiar y profesional (…)
2º.- También podrán acogerse a esta convocatoria, aquellas mujeres que
hubiesen sido subvencionadas en la última convocatoria de Autoempleo Femenino
(año 2025) y no se les hubiese subvencionado el máximo por ayuda individual, es
decir, 10.000,00 € por no haber completado un año de actividad al haberse dado de
alta más tarde del 1 de junio de 2024. Por este motivo quedarán pendientes de percibir
subvención por aquellos gastos que se alargaran más allá del 31 de mayo de 2025
(plazo final de ejecución fijado en las normas del año 2025), hasta cumplir el año
completo como trabajadoras autónomas desde el inicio de su actividad y como
máximo y hasta el día del mes que corresponda posterior al 31 de mayo de 2025 en
que cumpla un año como empresaria autónoma. No podrán solicitar las beneficiarias
de la Convocatoria de 2025 que posteriormente hubiesen presentado renuncia o ya se
hubiesen dado de baja como autónomas para la actividad en que fueron
subvencionadas.
Inicio plazo de presentación
Fin plazo de presentación