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Teleasistencia

Desde hace más de tres décadas, la Diputación de Zaragoza presta el servicio de teleasistencia en los 292 municipios de la provincia (todos menos la capital).
La teleasistencia es un servicio dirigido a personas mayores y/o dependientes que viven en sus casas y que, gracias a esta prestación, reciben atención y seguimiento las 24 horas del día los 365 días del año.
A través de la línea telefónica, y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, los usuarios de la teleasistencia pueden accionar el dispositivo (botón) que llevan consigo en todo momento y entrar en contacto verbal “manos libres” con un centro atendido por personal especializado para dar respuesta a la necesidad que le haya surgido a la persona llamante.
De esta forma, el servicio de teleasistencia de la Diputación de Zaragoza presta una atención centrada en la persona que facilite la prevención y detección de situaciones de riesgo social.
Beneficiarios
Todas aquellas personas residentes en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida la capital, que cumplan los siguientes requisitos:
Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día.
Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que, conviviendo con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad o discapacidad.
Aquellas personas que por su avanzada edad, discapacidad, aislamiento social o alto nivel de dependencia de terceros, les sea de utilidad para poder continuar viviendo en su domicilio.
Están excluidos como beneficiarios del sistema las personas con enfermedades mentales graves, incluidas las demencias.
Cómo tramitar el alta en el servicio
A través de los servicios sociales de base.
Documentación a aportar por los servicios sociales de base
Fotocopia DNI / NIE del solicitante titular y solicitante beneficiario, si lo hay.
Fotocopia tarjeta sanitaria del solicitante titular y solicitante beneficiario, si lo hay.
Autorización y compromisos Anexo II.
Informe médico, del titular y solicitante beneficiario, si lo hubiere. Anexo III.
Ficha usuario / informe social, Anexo IV.
Justificantes de ingresos de la unidad de convivencia procedentes de pensiones, intereses bancarios, actividades económicas, nóminas, prestaciones sociales, etc.
Resolución de grado de dependencia, y resolución de prestaciones y servicios del Sistema de Atención a la Dependencia, si las hay.
Cualquier otro documento que se considere necesario para valorar la solicitud y el cumplimiento de los requisitos.
Ficha de terceros, a nombre del solicitante, Anexo V.
Tarifas:
a) Igual o inferior al IPREM mensual: Exentos.
b) Entre el 1 y 1,5 del IPREM mensual: 8 euros mensuales.
c) A partir del 1,5 hasta el 2 del IPREM mensual: 12 euros mensuales.
d) A partir del 2 del IPREM mensual: 20 euros mensuales
e) No aportan documentación económica: 20 euros mensuales
